Conforme a la normativa autonómica solo podrán vender pan y pastelería/confitería de productos sin envasar los titulares de establecimientos que hayan presentado en el ayuntamiento, por sede electrónica o presencialmente en el registro del Ayuntamiento (ésta última opción solo para personas físicas) la documentación exigida por la normativa aplicable:
Antes de la presentación y gestión de los trámites correspondientes y que se indican en el documento anexo, los interesados pueden ser asesorados en el departamento de Secretaría (Área de Actividades) Teléfono 954 17 92 20 Ext 70023. Dirección de email: secretariasj@sanjuandeaznalfarache.es
En el supuesto de desarrollar la actividad de venta de pan y pastelería sin envasar sin haber presentado en el Ayuntamiento la documentación que se pone en la presente comunicación, se procederá a decretar el CESE INMEDIATO DE LA ACTIVIDAD EN EL ESTABLECIMIENTO Y A LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTE SANCIONADOR en base a la normativa aplicable. (Artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Capítulo III, Sección 2 del Título VIII de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental)
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Comunicación para establecimientos de comercio al por menor de pan y pastelería | 193,75 KB | |
023 Declaración Responsable de calificación ambiental | 249,73 KB |